18.6.08

ACTOS FAVORABLES, DE GRAVAMEN, CONSTITUTIVOS Y DECLARATIVOS - REZAGADOS

INTRODUCCIÓN
Nuestro trabajo esta enfocado en cuatro tipos de actos administrativos, por lo cual creemos indispensable iniciar definiendo “acto administrativo como la declaración unilateral realizada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma directa” (Gordillo, Cáp. X Pág. 8) al igual la Corte Suprema de Justicia ha definido “acto administrativo como una declaración unilateral de voluntad o de juicio dictada por una Administración Pública en ejercicio de potestades contenidas en la ley respecto a un caso concreto” (Sentencia del 28/10/1998, Ref. 134-M-97)



ACTOS FAVORABLES Y ACTOS DE GRAVAMEN

A) LOS ACTOS FAVORABLES.
Esta distinción surge en 1908, por Jellinek y recogida más tarde por Wolf, utilizada desde entonces, los actos favorables o declarativos son los que amplían la esfera jurídica de los particulares, “constituye ésta una distinción que cuenta también con una notable relevancia práctica, que se asienta sobre el distinto valor que, para el interesado en el procedimiento administrativo, ofrece la resolución que concluye el mismo” (Manual de Justicia Administrativa) (Eduardo García de Enterría) en su texto Curso de Derecho Administrativo, Tomo I: define los actos favorables “como la ampliación de su patrimonio jurídico, otorgándole o reconociéndole un derecho, una facultad, un plus de titularidad o de actuación, liberándosele de una limitación, de un deber, de un gravamen, produciendo pues, un resultado ventajoso para el destinatario”. (Sentencia del 20/03/1997, Ref. 17-T-96)

Los actos favorables los podemos destacar de las siguientes formas
Los actos de admisión. Los que comportan la incorporación de un sujeto al uso de un servicio público, ejemplo la matricula en un Centro de Educación, la admisión a una Universidad.
Los actos de autorización. Son un mecanismo por el que se remueve una carga que pesaba sobre el particular, quien debe satisfacer ciertos requisitos, en orden a ejercer válidamente una actividad a la que tenga derecho. Es el caso de las licencias de apertura de pequeños negocios, autorización de los maestros por medio de las Direcciones Departamentales, autorización de portación de armas.
Los actos de concesión y otorgamiento. No existe derecho previo pero la administración lo crea, por ejemplo, no se tiene derecho a usar el dominio público de manera que se impida el disfrute de los demás, pero la administración puede otorgar una concesión de dominio público y permitir tal uso privativo del bien, en cuyo caso esta creando derecho, y no autorizando el ejercicio de un derecho preexistente, la base legal se encuentra en el capítulo IV de la LACAP en los artículos 130 al 148. Algunos ejemplos son los siguientes: el parqueo del Aeropuerto Internacional de El Salvador en el cual CEPA otorgo la concesión a una empresa privada, FEPADE, SERTRASEN, entre otros
Las aprobaciones. Son actos por los cuales la administración presta eficacia o exigibilidad a otros actos ya perfeccionados y válidos. Un objeto que se puede lograr con las aprobaciones es la legitimidad o conformidad del acto administrativo.
Actos de exención o dispensas. Son actos por los que la administración exonera a un administrado o a otra administración del cumplimiento de un deber ya existente, cabe mencionar que esta dispensa solamente aplica cuando esta prevista en la ley y es un obstáculo a la inderogabilidad singular de los reglamentos. Ejemplos decreto Legislativo de 1846 daba un tratamiento especial a quien cultivase café u otro fruto de mayor esperanza, así, aquel que tuviese 5,000 árboles de café, no pagaba impuestos municipales durante 10 años, ni impuestos de exportación durante los 7 primeros años y sus trabajadores se encontraban exentes del servicio militar; las dispensas de trámite que se realizan en la Asamblea Legislativa con la finalidad actuar eficazmente sobre un tema nacional.


B) LOS ACTOS DESFAVORABLES O DE GRAVAMEN
“Los actos de gravamen o restrictivos son aquellos que limitan la libertad o los derechos de los administrados o bien les imponen sanciones” (Santiago Muñoz Machado, Pág. 121) si el acto administrativo contiene una pena económica o de otra tipología no accede a nuestra solicitud afirmamos que éste daña nuestra esfera de intereses legítimos.
La diferencia entre los actos favorables y desfavorables, se encuentra directamente vinculada con la potestad revocatoria de la Administración Pública por medio del proceso de lesividad, el cual se encuentra relacionado en el artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

Actos que restringen las facultades de los administrados, entre ellos encoentramos:

Los actos sancionadores. es decir por ejemplo las multas de transito; orinar en la calle; no declarar el impuesto sobre la renta.
Los actos de prohibición. limitaciones de no hacer como por ejemplo la orden de cierre de un local, decreto legislativo 237 cierre definitivo a los botaderos de cielo abierto, prohibido depositar desechos sólidos en botaderos no autorizados.
Las obligaciones de hacer. plantación forzosa de un tipo de cultivo, la orden de derribo de un edificio en ruina.
Expropiaciones y figuras afines. Ejemplos Decreto Legislativo sobre la expropiación de tierras ejidales y comunales; Expropiación de tierras a las personas que tuvieran más de 245 hectáreas, articulo 105, 106 de la Constitución de la República de El Salvador; expropiación de viviendas por la construcción del anillo periférico.
Exacciones fiscales. El pago del FOVIAL, por medio del consumo de combustible.


ACTOS CONSTITUTIVOS Y ACTOS DECLARATIVOS


C) ACTOS CONSTITUTIVOS.

“Los actos constitutivos serán, modifican, extinguen relaciones o situaciones jurídicas subjetivas en otros sujetos, los destinatarios, o en la propia administración” (Eduardo García de Enterría. Pág. 572)
Los actos constitutivos, son aquellos que crean circunstancias jurídicas en los destinatarios, tienen la potestad de crear, modificar o extinguir una situación jurídica en la esfera del particular por parte de la Administración pública ya sea que reconozcan un derecho, supriman un impedimento o establezcan una carga.

Características
Se da un cambio en la situación jurídica del particular
Los cambios realizados en la esfera jurídica del particular sufren efectos hasta cuando hay una emisión del acto.

Dentro de los actos constitutivos podemos encontrar, los que permiten a un sujeto a la incorporación de un servicio publico para el goce y beneficio de los derechos y ventajas que estos emiten cuando solo son prestados a sujetos con determinadas condiciones o a un numero restringido de personas, como por ejemplo, la matricula de un particular en un centro educativo la cual le da acceso a tener una formación académica, la inscripción en el libro y folio de la alcaldía en la cual se hacen constar las partidas de nacimiento, la otorgación de una licencia de conducir, la extinción de una concesión otorgada por la administración pública, sobre el uso de un bien público.
“El acto constitutivo no deja de ser un negocio jurídico. La personalidad jurídica nace del reconocimiento del Estado. No puede prescindirse de la voluntad de los socios, fundamentalmente a fin de proveer los fondos para formar el patrimonio de la sociedad”. (http://www.societario.com/estudiantes/Teoriasactoconstitutivo.htm)

D) ACTOS DECLARATIVOS.

“Los actos declarativos son los que acreditan un hecho o una situación jurídica, sin incidir sobre el individuo”. (Eduardo García de Enterría. Pág. 572)
Los actos declarativos solo se limitan a certificar, acreditar o inscribir en Registros administrativos hechos o situaciones, sin alterar las situaciones jurídicas existentes, estos actos encierran una pretensión que es la de una declaración que no produce efecto alguno dentro de la realidad jurídica material mas que el reconocimiento de algo existente de un derecho preexistente del particular. La administración hace constar en estos actos la existencia de un hecho, de una situación o cumplimiento de requisitos que las leyes administrativas exigen, se caracterizan porque:

Hay una existencia de un hecho anterior
No alteran situaciones jurídicas existentes.

Ejemplo la certificación de una partida de nacimiento que tiene por requisito la preexistencia el acta de esta; al igual que un certificado de defunción, o una certificación registral, documentos que solo constan una situación dada con autoridad que altero la esfera jurídica del o los individuos.

BIBLIOGRAFÍA.

Garcia de Enterría, Eduardo, 2000, Curso de Derecho Administrativo I, Civitas ediciones, SL, Madrid.
Gordillo, Agustín, 2000, Tratado de Derecho Administrativo, Parte General, Buenos Aires, Argentina.
Gomero Casado, Eduardo, 2000, Derecho Administrativo, editorial UCA, El Salvador.
José María Ayala, Karla Fratti de Vega, 2003, Manual de Justicia Administrativa, 1ª ed. San Salvador, El Salvador, Consejo Nacional de la Judicatura, Escuela de Capacitación Judicial, 2003
Muñoz Machado Santiago, 2004, Tratado de Derecho Administrativo y Derecho Público General /, Civitas edición I, Madrid, España.